El jueves último se aprobó en el Pleno del Congreso, luego de un extenso debate, el Proyecto de Ley 616, presentado por mi colega Héctor Becerril, que contempla la prohibición para que los condenados por terrorismo y/o apología al terrorismo no puedan postular a cargos de elección popular. Dada su importancia y el contexto que explicaremos a continuación, este proyecto fue exonerado de dictamen de la Comisión de Constitución, con la finalidad de proteger de manera inmediata nuestras instituciones democráticas y poder ponerlo a debate.
En estos días, luego de haber cumplido con su condena, personas sentenciadas por terrorismo, responsables de la muerte de miles de personas que fueron cruelmente asesinadas, están siendo liberadas. Terroristas que no solo atentaron contra el Estado y el orden democrático, sino que sus actos afectaron en gran parte a la población más vulnerable como la de las zonas rurales y que nunca se han arrepentido de sus actos. Terroristas que en un momento pusieron al Estado “contra las cuerdas” que obligaron a que jóvenes ―que incluso podrían ser de la edad de nuestros hijos― fueron a entregar los mejores años de sus vidas en salvaguarda del orden democrático como miembros de la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas, y muchos regresaron inválidos, con lesiones permanentes, o bien dentro de la frialdad de un cajón para recibir cristiana sepultura. Indigna recordar a Maritza Garrido Lecca o a Martha Huatay, que no han manifestado un ápice de arrepentimiento por sus actos y que además no han pagado ni un sol de reparación al Estado, indigna ver como en la hermana República de Colombia el exjefe terrorista de las FARC podría ser candidato presidencial.
Si bien es cierto, que el derecho a ser elegido forma parte del derecho a la participación política, consagrado en el artículo 2, numeral 17 de nuestra Constitución, también es igual de cierto que como los otros derechos consignados, no es absoluto, e inclusive, tal como lo señala el artículo 31 del mismo cuerpo normativo, su regulación en el ejercicio se deja a la ley.
Es importantísimo que recordemos que el delito de terrorismo no es cualquier delito. Este atenta justamente contra la esencia de nuestro sistema, al usar medidas totalmente ilegítimas como la violencia para imponer ideologías propias. Y por ello, es inconcebible permitir que esta clase de personas puedan acceder a cargos de elección popular y de servicio que representan en definitiva al sistema democrático contra el que ellos atentaron.
La discusión en el pleno fue larga y compleja, pero también dolorosa y necesaria. Dolorosa y necesaria porque se volvieron a recordar algunas de las atrocidades que Sendero Luminoso y el MRTA cometieron. Sin embargo, nos ayudó recordar cómo los terroristas arrasaron con los más vulnerables y necesitados en un esfuerzo radical y violentista de alcanzar el poder. Nos ayudó recordar cómo nuestros valerosos soldados y policías dieron sus vidas por nosotros, incluso destacar que hoy este Congreso tiene la dicha de tener entre sus representantes a valerosos peruanos que lucharon contra esta escoria, inclusive para que aquellos parlamentarios incapaces de zanjar posición condenando a los terroristas, vivan hoy en armonía.
Recuerdo con mucha frustración las palabras del congresista Donayre cuando contaba las aberraciones terroristas que vivió como soldado, pero también recuerdo con mucha rabia como algunos parlamentarios de izquierda minimizaban el valeroso trabajo de las Fuerzas Armadas y nuestra PNP, lo cual despertó el rechazo enérgico de varios congresistas, entre los que más recuerdo, el rechazo de los congresistas Tubino y Miyashiro.
Finalmente, tras horas de arduo debate, se logró consensuar una fórmula normativa que además incorporó dentro de las prohibiciones la comisión de los delitos de tráfico ilícito de drogas, violación sexual y corrupción, delitos también despreciables sobre los que podríamos escribir mucho, pero el propósito del presente artículo es centrarnos sobre todo en el impedimento para los terroristas. ¿Podríamos haber aprobado el texto sólo con la mención a terrorismo? Sí, con los 71 votos de Fuerza Popular, sin embargo, nuestra vocación democrática en la búsqueda de consensos, permitió incluir otros aportes de las diferentes bancadas, lográndose aprobar un texto sustitutorio con casi 80 votos, es decir, con una votación ampliamente mayoritaria, evitando una innecesaria polarización en este tema donde solo debería haber coincidencias.
En tal sentido, tenemos hoy un dictamen más en el marco de la reforma electoral. Hoy ningún peruano tendrá que preocuparse porque los terroristas así como los traficantes de drogas, violadores sexuales o los funcionarios corruptos, puedan participar y obtener un cargo de representación popular, ya que apenas el Presidente de la República firme la autógrafa (y esperamos de verdad que esta vez no la observe como ya ocurrió con antelación), la norma entrará en vigencia. Mañana o más tarde, cuando nuestros hijos y nietos nos pregunten ¿por qué los terroristas no pueden ser candidatos?, podremos responder que gracias a la iniciativa legislativa del congresista Héctor Becerril y a este nuevo Congreso, los peruanos tenemos claro que el terrorismo no puede tener espacio en nuestra sociedad, que lucharemos juntos, dejando de lado colores políticos o partidarios para que nunca más pueda socavar nuestra democracia, pero sobre todo nos queda claro que para la gran mayoría de peruanos ¡TERRORISMO NUNCA MÁS!