Los últimos días de los imprescriptibles

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Foto: Andina

Pocas veces en la historia del Parlamento se ha visto un consenso tan amplio entre las distintas fuerzas políticas para desarrollar instrumentos eficientes que sirvan para enfrentar la corrupción.

Alcanzar el consenso no fue sencillo. Fueron siete proyectos de Ley de todas las bancadas y del Ejecutivo, que apuntaban a un solo objetivo: Lograr que el tiempo no fuera un aliado de los corruptos, ni un enemigo de nuestros jueces y fiscales.

La reforma del artículo 41 de la Constitución, aprobada por el Pleno, constituye un hito en la lucha contra la corrupción en nuestro país.

El panorama de la corrupción en nuestro país es trágico. Los costos anuales son de aproximadamente 12,600 millones de soles en pérdidas; monto que equivale a 1,000 postas médicas, 440 colegios modernos, 6,250 comisarías o 1,900 Km de carreteras. Ese es el impacto concreto de la corrupción.

La Contraloría expuso que, entre el 2008 y el 2017, encontró 10,670 responsabilidades penales a nivel de Gobiernos Regionales y 11,998 a nivel de municipios, las que involucraban a más de 12,961 funcionarios en actos de corrupción. Esto significó procesos penales en contra de 5,302 funcionarios, muchos de los cuales resultaron infructuosos.

De todos los delitos, los más perniciosos para el sistema político, el régimen democrático y la ciudadanía son los referidos a la corrupción. La corrupción no solo es negativa porque perjudica ―casi siempre― a los más pobres y afecta los recursos de las arcas públicas, sino fundamentalmente porque mina y corroe las bases mismas del régimen político, de la democracia y sus instituciones, al deslegitimar y mermar la credibilidad de las autoridades públicas, líderes políticos, instituciones y normas que estas generan para su uso.

Con la reforma aprobada, el plazo de prescripción de la acción penal se duplica para TODOS los delitos cometidos contra la Administración Pública y ya no solo para los delitos cometidos contra el patrimonio del Estado. La prescripción se duplica no solo para los funcionarios, sino también para los particulares que corrompen. Y la reforma constitucional no se detiene ahí, pues encarga la importante tarea de establecer cuáles serán aquellos delitos contra la Administración Pública o el patrimonio del Estado que serán considerados imprescriptibles.

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