En días de movimientos y huelgas vemos en el panorama político un nuevo intento de proponer una flexibilización de las normas laborales existentes en el Perú. La renuencia de un sector de la población a cambios aparece inmediatamente y argumenta que hay una política antilaboral, que debe cambiarse el modelo económico, que no hubo suficiente discusión (cuando una central sindical se ha retirado del Consejo Nacional del Trabajo y Promoción del Empleo) y otras excusas más.
Otros países con modelos económicos diferentes al nuestro, sin embargo, como Ecuador y recientemente Brasil, aprobaron sus respectivas reformas laborales, y lo mismo estaría por producirse con el nuevo gobierno de Emmanuel Macron en Francia.
Según “The Global Competitiveness Report 2016–2017”, las regulaciones laborales restrictivas del Perú son el segundo factor más problemático para hacer negocios, siendo las prácticas de contratación y despido las más obstaculizadoras, seguidas del efecto de los impuestos sobre los incentivos al trabajo. [1]
Una primera pregunta: ¿Se debe mantener el “status quo” de esta rigidez en la legislación laboral que no se quiere aplicar por parte de las empresas o los emprendedores y que, finalmente, no protegen al trabajador que necesita un empleo para poder subsistir?
Es cierto que hay necesidad de fortalecer a la SUNAFIL, pues los derechos fundamentales en el trabajo no pueden ser materia de discusión y/o negociación. Pero cierto es también que debemos repensar alternativas concretas para saber qué hacemos con la gran masa laboral desempleada, donde los únicos puestos de trabajo a los que accede se encuentran en el comercio, restaurantes, agricultura y servicios complementarios donde no se requiere mayor capacitación.
Una segunda pregunta: ¿Qué hubiera pasado si estaría vigente la famosa Ley Pulpín? (Ley N° 30288). De acuerdo a lo señalado en su exposición de motivos, la reinserción laboral formal hubiera beneficiado en el plazo de 5 años a más de 200,000 trabajadores jóvenes, recordando que hoy estaríamos en el tercer año de su vigencia y ya podríamos tener resultados preliminares de sus bondades o desaciertos, en contraste con la muerte en un centro comercial en Lima de jóvenes desprotegidos laboralmente. El tiempo avanza pero no hay cambios para bien.
La Ley del Servicio Civil aún no se implementa en el Sector Público. Fue publicada el 4 de julio del 2013, pero hoy algunas entidades quieren “escaparse” de su marco normativo, pese a su inclusión por mandato del Tribunal Constitucional.
El panorama es complejo. La juventud no encuentra trabajo formal, los adultos cada día tienen mayor dificultad para reinsertarse en el mercado laboral, se incrementa el número de adultos mayores y la esperanza de vida de la población peruana aumenta. [2]
Pronto no habrá algún tipo de protección contra la vejez para los afiliados de las AFP de este desordenado y cuestionado Sistema Previsional Privado, al habérseles permitido que puedan retirar sus fondos (Leyes N° 30425 y 30478), contraviniendo el artículo 12°de la Constitución Política del Perú. Lo más preocupante es que los temas de fondo no se vienen discutiendo y seguimos postergando la toma de decisiones a un incierto futuro.
[1] http://www.cdi.org.pe/pdf/IGC/2016-2017/the_global_competitiveness_report_2016-2017.pdf páginas 312 y 313.
[2] https://www.inei.gob.pe/prensa/noticias/esperanza-de-vida-de-poblacion-peruana-aumento-en-15-anos-en-las-ultimas-cuatro-decadas-8723/