¡Este es un Congreso de consensos!

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Foto: Correo

Nuestro ordenamiento jurídico contempla un importante instrumento que tiene como principal función la limitación del poder. Dicho instrumento normativo es la Constitución, la cual establece los límites funcionales de los poderes del Estado y de los Organismos Constitucionalmente Autónomos, cuya especial relevancia no está en discusión.

Pero estas limitaciones no solo se restringen a establecer las competencias de dichos organismos ―y por lo tanto de sus principales funcionarios― sino también establecen principios generales que limitan el actuar de cualquier funcionario público. Esto es, el respeto de la independencia de poderes, de los derechos fundamentales de los ciudadanos, entre otros.

Entonces, es innegable que nuestra Carta Fundamental tiene la máxima importancia, y por lo tanto todos, absolutamente todos, nos encontramos sujetos a las disposiciones contenidas en ella.

Ahora bien, el Derecho encarna la posibilidad de ser modificado producto de la propia dinámica social y tampoco la Constitución escapa a esta necesidad. Por eso, en su artículo 206° contempla la posibilidad de que el Congreso apruebe una “ley de reforma constitucional” para su modificación parcial siguiendo los mecanismos allí señalados: (i) la obtención de una mayoría absoluta del número legal de congresistas, seguido de la ratificación mediante referéndum; o (ii) la votación favorable de dos tercios (2/3) del número legal de congresistas en dos (02) legislaturas ordinarias sucesivas.

¿Por qué el constituyente estableció este mecanismo? La respuesta radica en lo ya señalado. La Constitución tiene tal importancia que, para su modificación, aunque sea parcial, debe haber un gran consenso de las fuerzas políticas representadas en el Congreso, que a su vez representan al poder soberano, es decir al pueblo mismo.

Fuerza Popular es una Bancada dialogante y que busca generar consensos, por ello todas las leyes aprobadas en este Congreso han contado con el respaldo de al menos una bancada aparte de la nuestra. Sin embargo –a fin de resaltar la importancia de nuestra Constitución- ni aun juntando nuestros 72 votos podríamos aprobar una “ley de reforma constitucional”.

El pasado jueves, se ha discutido y aprobado en el Pleno del Congreso de la República una “ley de reforma constitucional”, a fin de reconocer expresamente el derecho al agua en nuestra Constitución. Fuerza Popular evidenció en el Plan Perú ―el cual se me encomendó encabezar― la necesidad de atender como prioridad el acceso al agua, por lo que cumpliendo nuestro compromiso presentamos, y respaldado unánimemente con nuestro voto, la aprobación de dicha reforma.

Sin embargo, fue necesario lograr un consenso de las fuerzas políticas para aprobar esta reforma ante la alta votación que se requiere, el cual felizmente se obtuvo del Pleno en su conjunto, aunque no faltaron algunas excepciones muy individuales que ―aunque ya no sorprenden― cuestionaron ante las cámaras la redacción final de la norma, pese a que en el seno de la Comisión de Constitución dieron su respaldo.

Ahora las fuerzas políticas del Parlamento tenemos nuevos desafíos donde debemos llegar a consensos para dar una respuesta concreta a las demandas de la ciudadanía. Estas demandas refieren a la reforma electoral. Las fuerzas políticas del Parlamento debemos seguir por este camino de diálogo, donde Fuerza Popular sin abusar de su mayoría tiende puentes con las otras agrupaciones políticas en busca de consensos. Algunas medidas requerirán reformas de leyes ordinarias, otras de leyes orgánicas, pero otras requerirán reformas constitucionales, y, sobre todo, en estas últimas, los políticos debemos dar el mensaje de que sí estamos capacitados para lograr consensos que viabilicen los cambios que necesita el pueblo.

En el Congreso seguiremos cumpliendo con este importante encargo que nos dio la ciudadanía. ¡Este es un Congreso que trabaja con un único norte: el beneficio de todos los peruanos!

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